Resumen del Artículo Disposición final primera

Artículo Disposición final primera del Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón. (codigo) — Disposición final primera. Referencias normativas. A partir de la entrada en vigor de esta Ley, las referencias a los preceptos que se derogan expresamente contenidos en normas vigentes deberán entenderse efectuadas a los preceptos de esta Ley que regulen la misma materia que…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición final primeraDisposición final primera

Disposición final primera. Referencias normativas.

A partir de la entrada en vigor de esta Ley, las referencias a los preceptos que se derogan expresamente contenidos en normas vigentes deberán entenderse efectuadas a los preceptos de esta Ley que regulen la misma materia que aquellos.

Norma publicada: 30 de junio de 2009

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final primera

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final primera?

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